Una estructura legal para lo que quieres construir.
¿Quieres hacer negocios, invertir o estructurar tu patrimonio? Te ayudamos a elegir y constituir la figura jurídica que mejor responda a tu objetivo en Panamá.
No empieces por el nombre. Empieza por el propósito.
No todas las estructuras jurídicas sirven para lo mismo. La decisión debe partir de preguntas concretas: ¿qué quieres hacer?, ¿quién participará?, ¿qué bienes administrará?, ¿cómo se tomará el control y qué esperas que ocurra en el futuro?
En SLE Abogados revisamos el objetivo antes de preparar la documentación, para que la estructura no nazca desconectada de la necesidad real del cliente.
¿Cuál de estas situaciones se parece más a tu objetivo?
No necesitas conocer la respuesta jurídica antes de escribirnos. Esta guía solo te ayuda a ubicarte.
Probablemente estás pensando en una sociedad.
Si quieres desarrollar una actividad comercial, organizar una inversión o manejar un proyecto empresarial, esta suele ser la conversación inicial.
Ver la opción societaria →Probablemente estás pensando en una fundación.
Si tu objetivo principal es organizar patrimonio, definir beneficiarios o planificar continuidad, esta puede ser la figura a evaluar.
Ver la opción fundacional →Dos estructuras. Dos propósitos diferentes.
La pregunta no es cuál “suena mejor”, sino cuál responde de manera más coherente al objetivo comercial o patrimonial que deseas desarrollar.
Para negocios, inversiones y operaciones corporativas.
La sociedad anónima es una estructura mercantil con personalidad jurídica propia, regulada por la legislación panameña.
- Desarrollar actividades empresariales o comerciales permitidas.
- Organizar inversiones y participaciones corporativas.
- Adquirir y administrar activos dentro de una estructura societaria.
- Definir accionistas, directores, dignatarios y reglas de administración.
Para organizar patrimonio y definir su administración.
La fundación se constituye destinando un patrimonio a los fines establecidos en su acta fundacional y funciona bajo una lógica distinta a la de una sociedad comercial.
- Organización y administración patrimonial.
- Planificación sucesoria y continuidad patrimonial.
- Definición de beneficiarios y reglas de administración.
- Estructuración de determinados activos conforme al objetivo fundacional.
Más que registrar una entidad.
La constitución es una parte del proceso. Nuestro enfoque comienza antes: entendiendo el proyecto y organizando jurídicamente sus elementos esenciales.
Entendemos el objetivo
Revisamos si se trata de negocio, inversión, organización patrimonial u otra necesidad jurídica.
Definimos la figura
Analizamos qué tipo de entidad puede responder mejor al objetivo planteado.
Organizamos los roles
Se establecen participantes, administración, representación y demás elementos aplicables.
Preparamos el expediente
Se organiza la documentación jurídica y de debida diligencia necesaria para avanzar.
Constitución e inscripción
Se preparan los instrumentos correspondientes y se gestiona la formalización de la persona jurídica.
Orden después de crearla
Te orientamos sobre los pasos corporativos y de cumplimiento que correspondan a la estructura.
Una persona jurídica no termina cuando se inscribe.
Dependiendo del tipo de entidad y de su actividad, existen obligaciones corporativas, registrales, fiscales, contables y de cumplimiento que deben mantenerse en orden.
Consultar mi casoLas sociedades anónimas y las Fundaciones de Interés Privado deben contemplar un agente residente en Panamá conforme a su régimen legal.
La persona jurídica debe mantener en orden las obligaciones que le correspondan ante las autoridades competentes, incluyendo su inscripción y estado tributario cuando aplique.
Las personas jurídicas alcanzadas por este régimen deben atender el pago de la tasa única anual y evitar acumulaciones que puedan afectar su estado.
La normativa panameña contempla obligaciones de conservación y disponibilidad de registros contables para personas jurídicas, según corresponda.
El agente residente tiene obligaciones relacionadas con identificación, verificación y registro de beneficiarios finales conforme a la normativa vigente.
Una jurisdicción con tradición corporativa y conexión internacional.
En lugar de prometer ventajas genéricas, conviene entender qué características hacen de Panamá una plaza relevante para determinados proyectos empresariales y patrimoniales.
Marco corporativo establecido
Panamá cuenta con legislación específica para sociedades anónimas y Fundaciones de Interés Privado.
Centro de servicios
Su economía integra actividades financieras, logísticas, comerciales y profesionales con alcance regional.
Estructuras diferenciadas
La legislación permite organizar objetivos comerciales y patrimoniales mediante figuras jurídicas distintas.
Análisis fiscal caso por caso
El tratamiento fiscal depende de la actividad, la fuente de ingresos y las circunstancias concretas de la entidad.
No te entregamos una entidad y desaparecemos.
El valor del acompañamiento está en ayudarte a entender qué estás creando, cómo debe organizarse y qué debes tener presente después de la constitución.
Primero entendemos el propósito. Después constituimos.
Ese orden evita crear una estructura simplemente porque “es la más conocida”, sin revisar si realmente responde a lo que quieres hacer.
Contar mi proyectoDe la idea a una estructura jurídicamente organizada.
El proceso puede variar según la figura elegida, la actividad, la documentación y la situación de los participantes.
Nos explicas qué quieres hacer y cuál es el objetivo principal.
Revisamos la figura jurídica y sus implicaciones iniciales.
Recopilamos los datos y documentos de las personas involucradas.
Organizamos la documentación de constitución y debida diligencia.
Se realizan los actos notariales y registrales que correspondan.
Te indicamos los pasos posteriores que debe mantener la entidad.
Primero necesitamos entender tu caso.
No es necesario llegar a la primera conversación con una carpeta llena de documentos. Para una evaluación inicial, lo más útil es definir el propósito y quiénes estarán involucrados.
01 · Identificación y debida diligencia +
Según el caso, se solicitará documentación de identificación y la información necesaria para los procesos de conocimiento del cliente y beneficiario final.
02 · Si quieres crear una sociedad +
Se definirán, entre otros elementos, el nombre, objeto, estructura de administración, directores, dignatarios, accionistas y demás información necesaria para preparar el pacto social.
03 · Si quieres crear una fundación +
Será necesario definir los fines, patrimonio, Consejo de Fundación, beneficiarios o mecanismo para designarlos y las reglas aplicables a la administración del patrimonio.
04 · Documentos emitidos en el extranjero +
Dependiendo del documento y del trámite, pueden requerirse formalidades de autenticación, apostilla, legalización o traducción. SLE te indicará lo aplicable al caso concreto.
Antes de crear una sociedad o fundación.
¿Qué diferencia principal hay entre una sociedad y una Fundación de Interés Privado? +
Una sociedad anónima es una estructura corporativa utilizada para actividades empresariales, comerciales o de inversión. La Fundación de Interés Privado se constituye destinando un patrimonio a los fines definidos en su acta fundacional y responde a una lógica patrimonial distinta.
¿Un extranjero puede constituir una sociedad anónima en Panamá? +
La Ley 32 de 1927 permite que personas de cualquier nacionalidad participen en la constitución de una sociedad anónima, incluso sin estar domiciliadas en Panamá, sujeto a las formalidades legales aplicables.
¿Cuál es el patrimonio inicial de una Fundación de Interés Privado? +
La Ley 25 de 1995 establece un patrimonio inicial no inferior al equivalente de B/.10,000. La forma en que se estructure y administre el patrimonio debe revisarse según los fines de la fundación.
¿Crear una sociedad en Panamá significa que no pagaré impuestos? +
No. La constitución de una sociedad no determina por sí sola el tratamiento fiscal. Deben analizarse la actividad, la fuente de los ingresos y las obligaciones que correspondan al caso.
¿Necesito un agente residente? +
La normativa aplicable a sociedades anónimas y Fundaciones de Interés Privado contempla la figura del agente residente en Panamá. Su función y las obligaciones asociadas deben mantenerse de acuerdo con la normativa vigente.
¿Qué obligaciones existen después de constituir la entidad? +
Pueden existir obligaciones de tasa única, registros contables, actualización de información, beneficiarios finales, cumplimiento fiscal y otros deberes según el tipo de entidad y su actividad.
¿Puedo crear la estructura sin tener todavía todos los detalles definidos? +
Lo recomendable es definir primero el objetivo y los elementos esenciales. Una consulta inicial permite identificar qué información falta antes de preparar la documentación constitutiva.
Tu estructura jurídica debe comenzar con una buena decisión.
Cuéntanos qué quieres construir, administrar o proteger. Podemos ayudarte a evaluar si una sociedad o una Fundación de Interés Privado responde mejor al objetivo que tienes en mente.
Conversa con un abogadoInformación general. La estructura, requisitos, obligaciones y tratamiento fiscal dependen de cada caso y de la normativa vigente. La información de esta página no sustituye una evaluación jurídica individual.



