Empresas y Fundaciones en Panamá

Una estructura legal para lo que quieres construir.

¿Quieres hacer negocios, invertir o estructurar tu patrimonio? Te ayudamos a elegir y constituir la figura jurídica que mejor responda a tu objetivo en Panamá.

No necesitas llegar sabiendo qué figura elegir. Cuéntanos tu objetivo y revisamos contigo la estructura adecuada.
SociedadesNegocios, inversiones y proyectos empresariales.
FundacionesOrganización y planificación patrimonial.
Acompañamiento legalDe la estructura a la formalización.
Edificio corporativo moderno relacionado con servicios legales empresariales en Panamá
Primero el propósitoAntes de constituir, definimos qué quieres hacer con la estructura y cómo necesitas organizarla.
Espacio corporativo para planificación de empresas y fundaciones
Antes de constituir

No empieces por el nombre. Empieza por el propósito.

No todas las estructuras jurídicas sirven para lo mismo. La decisión debe partir de preguntas concretas: ¿qué quieres hacer?, ¿quién participará?, ¿qué bienes administrará?, ¿cómo se tomará el control y qué esperas que ocurra en el futuro?

En SLE Abogados revisamos el objetivo antes de preparar la documentación, para que la estructura no nazca desconectada de la necesidad real del cliente.

Una fundación no es simplemente “otra empresa”. Una sociedad y una Fundación de Interés Privado tienen naturaleza, estructura y finalidades distintas.
Una decisión más clara

¿Cuál de estas situaciones se parece más a tu objetivo?

No necesitas conocer la respuesta jurídica antes de escribirnos. Esta guía solo te ayuda a ubicarte.

Negocio · inversión · operación

Probablemente estás pensando en una sociedad.

Si quieres desarrollar una actividad comercial, organizar una inversión o manejar un proyecto empresarial, esta suele ser la conversación inicial.

Ver la opción societaria →
Patrimonio · sucesión · beneficiarios

Probablemente estás pensando en una fundación.

Si tu objetivo principal es organizar patrimonio, definir beneficiarios o planificar continuidad, esta puede ser la figura a evaluar.

Ver la opción fundacional →
Sociedad o fundación

Dos estructuras. Dos propósitos diferentes.

La pregunta no es cuál “suena mejor”, sino cuál responde de manera más coherente al objetivo comercial o patrimonial que deseas desarrollar.

02 · FUNDACIÓN DE INTERÉS PRIVADO
Ley 25 de 1995

Para organizar patrimonio y definir su administración.

La fundación se constituye destinando un patrimonio a los fines establecidos en su acta fundacional y funciona bajo una lógica distinta a la de una sociedad comercial.

  • Organización y administración patrimonial.
  • Planificación sucesoria y continuidad patrimonial.
  • Definición de beneficiarios y reglas de administración.
  • Estructuración de determinados activos conforme al objetivo fundacional.
Quiero evaluar una fundación
Importante: la elección debe revisarse según el uso real que tendrá la estructura. La constitución de una entidad no sustituye el análisis de sus obligaciones fiscales, regulatorias, contables o de cumplimiento.
Qué hace SLE por ti

Más que registrar una entidad.

La constitución es una parte del proceso. Nuestro enfoque comienza antes: entendiendo el proyecto y organizando jurídicamente sus elementos esenciales.

01 · EVALUACIÓN

Entendemos el objetivo

Revisamos si se trata de negocio, inversión, organización patrimonial u otra necesidad jurídica.

02 · ESTRUCTURA

Definimos la figura

Analizamos qué tipo de entidad puede responder mejor al objetivo planteado.

03 · DISEÑO

Organizamos los roles

Se establecen participantes, administración, representación y demás elementos aplicables.

04 · DOCUMENTOS

Preparamos el expediente

Se organiza la documentación jurídica y de debida diligencia necesaria para avanzar.

05 · FORMALIZACIÓN

Constitución e inscripción

Se preparan los instrumentos correspondientes y se gestiona la formalización de la persona jurídica.

06 · POSTERIOR

Orden después de crearla

Te orientamos sobre los pasos corporativos y de cumplimiento que correspondan a la estructura.

Después de constituir

Una persona jurídica no termina cuando se inscribe.

Dependiendo del tipo de entidad y de su actividad, existen obligaciones corporativas, registrales, fiscales, contables y de cumplimiento que deben mantenerse en orden.

Consultar mi caso
Agente residente

Las sociedades anónimas y las Fundaciones de Interés Privado deben contemplar un agente residente en Panamá conforme a su régimen legal.

Registro y situación fiscal

La persona jurídica debe mantener en orden las obligaciones que le correspondan ante las autoridades competentes, incluyendo su inscripción y estado tributario cuando aplique.

Tasa única

Las personas jurídicas alcanzadas por este régimen deben atender el pago de la tasa única anual y evitar acumulaciones que puedan afectar su estado.

Registros contables

La normativa panameña contempla obligaciones de conservación y disponibilidad de registros contables para personas jurídicas, según corresponda.

Beneficiarios finales y debida diligencia

El agente residente tiene obligaciones relacionadas con identificación, verificación y registro de beneficiarios finales conforme a la normativa vigente.

Por qué Panamá

Una jurisdicción con tradición corporativa y conexión internacional.

En lugar de prometer ventajas genéricas, conviene entender qué características hacen de Panamá una plaza relevante para determinados proyectos empresariales y patrimoniales.

01

Marco corporativo establecido

Panamá cuenta con legislación específica para sociedades anónimas y Fundaciones de Interés Privado.

02

Centro de servicios

Su economía integra actividades financieras, logísticas, comerciales y profesionales con alcance regional.

03

Estructuras diferenciadas

La legislación permite organizar objetivos comerciales y patrimoniales mediante figuras jurídicas distintas.

04

Análisis fiscal caso por caso

El tratamiento fiscal depende de la actividad, la fuente de ingresos y las circunstancias concretas de la entidad.

Por qué trabajar con SLE

No te entregamos una entidad y desaparecemos.

El valor del acompañamiento está en ayudarte a entender qué estás creando, cómo debe organizarse y qué debes tener presente después de la constitución.

ClaridadExplicamos la estructura y sus implicaciones en lenguaje comprensible.
OrdenOrganizamos documentación, roles y pasos para reducir improvisaciones.
ContinuidadTe orientamos sobre los actos y obligaciones que pueden surgir después.
Nuestro enfoque

Primero entendemos el propósito. Después constituimos.

Ese orden evita crear una estructura simplemente porque “es la más conocida”, sin revisar si realmente responde a lo que quieres hacer.

Contar mi proyecto
Si SLE desea publicar cifras de trayectoria, casos o resultados, conviene incorporar únicamente datos institucionales verificables.
Cómo trabajamos

De la idea a una estructura jurídicamente organizada.

El proceso puede variar según la figura elegida, la actividad, la documentación y la situación de los participantes.

01Consulta

Nos explicas qué quieres hacer y cuál es el objetivo principal.

02Análisis

Revisamos la figura jurídica y sus implicaciones iniciales.

03Información

Recopilamos los datos y documentos de las personas involucradas.

04Preparación

Organizamos la documentación de constitución y debida diligencia.

05Formalización

Se realizan los actos notariales y registrales que correspondan.

06Organización

Te indicamos los pasos posteriores que debe mantener la entidad.

Para comenzar

Primero necesitamos entender tu caso.

No es necesario llegar a la primera conversación con una carpeta llena de documentos. Para una evaluación inicial, lo más útil es definir el propósito y quiénes estarán involucrados.

✓Finalidad de la sociedad o fundación.
✓Actividad que desarrollará, si corresponde.
✓Personas que participarán en la estructura.
✓País de residencia y nacionalidad de los participantes.
✓Activos o inversiones que se proyecta administrar.
01 · Identificación y debida diligencia +

Según el caso, se solicitará documentación de identificación y la información necesaria para los procesos de conocimiento del cliente y beneficiario final.

02 · Si quieres crear una sociedad +

Se definirán, entre otros elementos, el nombre, objeto, estructura de administración, directores, dignatarios, accionistas y demás información necesaria para preparar el pacto social.

03 · Si quieres crear una fundación +

Será necesario definir los fines, patrimonio, Consejo de Fundación, beneficiarios o mecanismo para designarlos y las reglas aplicables a la administración del patrimonio.

04 · Documentos emitidos en el extranjero +

Dependiendo del documento y del trámite, pueden requerirse formalidades de autenticación, apostilla, legalización o traducción. SLE te indicará lo aplicable al caso concreto.

Preguntas frecuentes

Antes de crear una sociedad o fundación.

¿Qué diferencia principal hay entre una sociedad y una Fundación de Interés Privado? +

Una sociedad anónima es una estructura corporativa utilizada para actividades empresariales, comerciales o de inversión. La Fundación de Interés Privado se constituye destinando un patrimonio a los fines definidos en su acta fundacional y responde a una lógica patrimonial distinta.

¿Un extranjero puede constituir una sociedad anónima en Panamá? +

La Ley 32 de 1927 permite que personas de cualquier nacionalidad participen en la constitución de una sociedad anónima, incluso sin estar domiciliadas en Panamá, sujeto a las formalidades legales aplicables.

¿Cuál es el patrimonio inicial de una Fundación de Interés Privado? +

La Ley 25 de 1995 establece un patrimonio inicial no inferior al equivalente de B/.10,000. La forma en que se estructure y administre el patrimonio debe revisarse según los fines de la fundación.

¿Crear una sociedad en Panamá significa que no pagaré impuestos? +

No. La constitución de una sociedad no determina por sí sola el tratamiento fiscal. Deben analizarse la actividad, la fuente de los ingresos y las obligaciones que correspondan al caso.

¿Necesito un agente residente? +

La normativa aplicable a sociedades anónimas y Fundaciones de Interés Privado contempla la figura del agente residente en Panamá. Su función y las obligaciones asociadas deben mantenerse de acuerdo con la normativa vigente.

¿Qué obligaciones existen después de constituir la entidad? +

Pueden existir obligaciones de tasa única, registros contables, actualización de información, beneficiarios finales, cumplimiento fiscal y otros deberes según el tipo de entidad y su actividad.

¿Puedo crear la estructura sin tener todavía todos los detalles definidos? +

Lo recomendable es definir primero el objetivo y los elementos esenciales. Una consulta inicial permite identificar qué información falta antes de preparar la documentación constitutiva.

Reunión profesional para estructuración jurídica de empresas y fundaciones
Hablemos de tu proyecto

Tu estructura jurídica debe comenzar con una buena decisión.

Cuéntanos qué quieres construir, administrar o proteger. Podemos ayudarte a evaluar si una sociedad o una Fundación de Interés Privado responde mejor al objetivo que tienes en mente.

01Nos cuentas tu objetivoNegocio, inversión, patrimonio o sucesión.
02Revisamos tu casoIdentificamos la estructura que vale la pena evaluar.
03Te indicamos qué necesitamosInformación y documentación para avanzar.
04Iniciamos la constituciónPreparamos y formalizamos la estructura.
Conversa con un abogado

Información general. La estructura, requisitos, obligaciones y tratamiento fiscal dependen de cada caso y de la normativa vigente. La información de esta página no sustituye una evaluación jurídica individual.